EL
DEBATE PARLAMENTARIO
La Comisión que
redactó el anteproyecto de la Constitución
estaba presidida por el socialista Luiz Jiménez
de Asúa y en ella se integró Clara
Campoamor como ponente en representación
del Partido Radical. Asimismo fue nombrada Vicepresidenta
de la Comisión de Trabajo y Previsión.
El día 1 de septiembre
se trató por primera vez del artículo
34, en el curso del debate sobre la totalidad
del proyecto. Clara Campoamor tuvo ya que contestar
al que sería el principal argumento contra
el reconocimiento del derecho de las mujeres
al voto: El supuesto peligro que correrían
la República y sus instituciones, por
el «reaccionarismo» de las mujeres
españolas. Clara basó su defensa
en el carácter democrático de
la República y en la imposibilidad de
compaginar la democracia con la exclusión
de la mitad de la ciudadanía del ejercicio
del derecho al voto.
El debate, en concreto,
del artículo 34 tuvo lugar los días
30 de septiembre y 1 de octubre. Se presentaron
dos enmiendas. Una, insultante, proponía
«Conceder el voto a la mujer a partir
de los 45 años», fue contundentemente
contestada por Clara Campoamor y no fue tomada
en consideración por la Cámara.
La otra presentada por el señor Guerra
del Río, y que respondía al sentir
de muchos miembros de la Cámara, pretendía,
en base a razones de oportunidad y defensa de
la República, posponer la cuestión
del voto femenino a una futura ley electoral,
dado, decía, que si se incluía
en la Constitución, la República
quedaría indefensa ante el carácter
reaccionario de las mujeres, guiadas por su
confesores, mientras que una ley electoral siempre
podría ser reformada ó suspendida.
Clara contestó afirmando que la igualdad
de la mujer, principio esencial de la democracia,
no podía depender de la conveniencia
del momento o de los señores diputados.
La enmienda fue rechazada por 153 votos contra
93.
El 1 de octubre se volvió
a discutir el artículo 34 para su aprobación.
En esta sesión la diputada radical-socialista
Victoria Kent, que no había podido intervenir
el día anterior, tomó a su cargo
la lucha contra el artículo 34. Manifestó
su sentimiento por tenerse que oponer a lo que
constituía una de sus principales convicciones,
pero la mujer española no estaba preparada
para asumir esta responsabilidad, ya que la
proporción de mujeres con estudios superiores
o de mujeres obreras era ínfima comparada
con la de mujeres que no habían asumido
una conciencia progresiva y republicana. En
estas condiciones, conceder el voto a las mujeres
era peligroso para la República. Proponía
la condicionalidad del voto a su aplazamiento.
Clara Campoamor respondió
que comprendía el sufrimiento de Victoria
Kent al tener que defender ideas contrarias
a las suyas propias, aunque fuera por cuestiones
de oportunidad, pero que ésta defendía,
absolutamente, el derecho de las mujeres al
voto. Frente a los que argumentaban sobre las
deficiencias de las mujeres, planteó
las deficiencias de los hombres, frente a los
que argüían la inoportunidad del
momento, presentó la injusticia de discriminar
a la mitad de la población, pero, sobre
todo, resaltó la incoherencia de reprochar
la falta de formación a las mujeres,
cuando se les negaba reiteradamente el acceso
a responsabilidades. Citando a Humboldt terminó:
«La única manera de madurar en
el ejercicio de la libertad es caminando por
ella.»